Le informamos que en el Boletín Oficial de Aragón se ha publicado la Convocatoria de ayudas del Gobierno de Aragón con destino a la inversión y mejora, así como a la digitalización del pequeño comercio, la cual adjuntamos.

Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas las actuaciones dirigidas a la inversión y mejora en los comercios minoristas y la digitalización de la PYME del sector del comercio minorista.

Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fijos que deriven de los conceptos que se describen a conti­nuación:

  1. Inversión y mejora de los comercios. Las actuaciones subvencionables serán las si­guientes:
    • Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
      1. Mejoras y equipamiento de escaparates.
      2. Rótulos, toldos y marquesinas exteriores
  2. Digitalización de la PYME.
    • Herramientas de conocimiento de cliente y su fidelización; herramientas CRM, marke­ting digital, inteligencia de negocio y programa de fidelización de clientes.
    • Transformación digital del comercio; creación de web, apps, mejora a la accesibilidad universal en las mismas, comercio electrónico, pasarelas de pago y soluciones en ci­berseguridad.
    • Digitalización del punto de venta; adquisición de equipos terminal punto de venta, herramientas de gestión del inventario (almacén y stock en tienda), pedidos a provee­dores, logística de entrega y herramientas para el control de caja, facturación y conta­bilidad.

Las actuaciones anteriores deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presenta­ción de la solicitud de la ayuda. Los justificantes de gasto y de pago correspondientes a los gastos subvencionables indicados en este apartado deberán estar comprendidos en el pe­riodo entre el 31 de agosto de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.

Beneficiarios:

Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles, in­cluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón. Obligatoriamente deberán poseer y realizar su actividad comercial en un establecimiento fí­sico permanente, inscrito en el registro de actividades comerciales. La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.

Cuantía:

Presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, comenzando el día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” de esta convocatoria.

Consultar BOA

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